DECENAL
Descripción
Desde la entrada en vigor en el año 2000 de la Ley
38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (L.O.E.),
el promotor se encuentra obligado a contratar un seguro que
garantice durante diez años, para aquellos edificios cuyo destino
principal sea el de vivienda, el resarcimiento de los daños
materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan
su origen o afecten a la cimentación o a la estructura, y que
comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del
edificio. El producto adecuado para cumplir con estas obligaciones
impuestas en la L.O.E es el Seguro Decenal de Daños a la Edificación.
HCC Europe, en su determinación por ofrecer un portfolio completo de
servicios al sector inmobiliario, incorpora a su oferta este seguro
Decenal. Recuerde que es necesario acreditar la contratación del
Seguro Decenal de Daños a la Edificación para inscribir en el
Registro de la Propiedad las escrituras públicas de obra nueva. Pero
no conviene dejarlo para el final porque, aunque las garantías
entran en vigor cuando se entrega el edificio, es necesario ponerse
en contacto con la compañía de seguros al inicio del proyecto con el
fin de que un organismo de control técnico colabore en el
seguimiento de todo el proceso constructivo, ayudándole en el
control de calidad y a que pueda entregar su promoción con todas las
garantías.
HCC Europe, aparte de otorgar la garantía decenal obligatorias
exigida por la L.O.E., ofrece la posibilidad de contratar una serie
de garantías complementarias, protegiendo a nuestros clientes de las
consecuencias de los defectos en la construcción.
La oferta se completa con un programa de gerencia de riesgos que
permite conocer el comportamiento del edificio una vez construido
con objeto de prevenir y minimizar los posibles daños que pudieran
sobrevenir.
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